La empresa C-AUDITOR SpA conjuntamente realizó una alianza estratégica con la empresa Altamax de contar con mejores valores para ofrecer a clientes y futuros clientes esta nueva modalidad de realizar la boleta de venta (papel) en una Boleta Electrónica.
Ley 21.210 de Modernización Tributaria
El pasado 24 de febrero fue publicada la Ley 21.210, la que busca modernizar la Legislación Tributaria. Una de las modificaciones que trae consigo esta ley es la obligatoriedad de la emisión de boletas electrónicas, la cual comenzará a regir a partir del 24 de agosto de 2020.
¿Adiós boletas en papel?
Esta regulación busca reemplazar la emisión de boletas en papel, por lo que ya no será necesaria la impresión de talonarios y posterior timbraje.
El medio de emisión será a través de algún sistema que permita la emisión de boletas electrónicas.
Por este motivo, nosotros estamos ofreciendo nuestro sistema de Altamax (se adjunta presentación en pdf)
Presentación de nuestro sistema Boleta Electrónica Altamax
¿Beneficios de la emisión de Boletas Electrónicas?
Esta modificación supone algunos beneficios para las empresas:
- Harás válidas tus boletas ante el SII a través del timbraje online por lo que no necesitarás acudir de manera presencial a las oficinas del Servicio de Impuestos Internos.
- Disminuirás el porcentaje de error al emitir una boleta, ya sea por fecha equivocada, error de escritura, etc. (con nuestro sistema podrás anular la boleta)
- Tendrás un registro claro de la emisión de la boleta, ya que informará el lugar, fecha y hora en que se realizó la venta.
- Podrás tener acceso inmediato a tus boletas, ya que éstas serán almacenadas de manera digital.
- Ya no necesitarás estar sumando los totales para enviar los antecedentes a tu contador, ya que, automáticamente se encontrará la información en el SII.
¿Cuáles son los plazos para comenzar a emitir Boletas Electrónicas?
Facturador Electrónico, la emisión de boletas electrónicas será obligatoria a partir del 24 de agosto del 2020 (es quien emite actualmente factura electrónica y tiene plazo para pagar el Formulario 29 hasta el día 20 y además cuenta con boleta de venta papel)
Facturador No Electrónico, su plazo es hasta el 24 de febrero de 2021 para comenzar a emitir boletas de manera electrónica (es quien emite solamente boletas de venta papel y tiene plazo para pagar el Formulario 29 hasta el día 12 de cada mes)
¿Puedo utilizar el portal del SII para emitir boletas electrónicas?
NO. Debes contar con un software de facturación. Te invitamos a que te registres con nosotros y utilices nuestra plataforma Altamax.
Además, si deseas también pertenecer al Directorio de la Redmipymes que es Gratuita solamente debes dar clic AQUÍ
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